ARCA amplía hasta junio de 2027 el plan de cuotas para que pymes regularicen sus deudas
El organismo recaudador corrió la fecha de corte de las obligaciones alcanzadas y extendió el plazo de adhesión al régimen especial, que permite pagar en hasta 18 cuotas a las empresas más chicas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero formalizó la ampliación del régimen especial de facilidades de pago destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida permite incluir en el plan las deudas con vencimiento hasta el 31 de octubre de 2026, con un esquema de financiación que alcanza hasta 18 cuotas para las empresas más chicas.
La norma fue publicada en el Boletín Oficial como Resolución General 5924/2026 y actualiza el plan especial previsto para este universo de contribuyentes. Según el texto difundido, el cambio central pasa por el corrimiento de los límites temporales que regían en el esquema original.
Los nuevos plazos del régimen
El régimen original contemplaba las deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026. Con la reforma, ese corte se traslada al 31 de octubre de 2026. En paralelo, el período para adherirse también se extiende: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.
Quiénes pueden acceder y qué deudas abarca
- Micro y pequeñas empresas.
- Medianas empresas de los tramos 1 y 2.
- Pequeños contribuyentes.
- Determinadas entidades sin fines de lucro.
- Obligaciones impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social.
- Multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026.
Las condiciones de financiación se mantienen sin cambios respecto del esquema original. Las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes pueden acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 cuentan con un tope de 15 cuotas.
Aunque la resolución ya se encuentra vigente, la carga de nuevas deudas en el sistema "Mis Facilidades" quedará habilitada recién a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción "Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026". Hasta esa fecha, el sistema no admitirá incorporar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio. El trámite se realiza de forma online a través de ese servicio del organismo.
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