ARCAPERTY Redondea Sanciones y Abre una Ventana para Regularizar
La Ley 27.826 baja de forma automática un 25 por ciento de determinadas multas y habilita una rebaja del 50 por ciento paraULTIMOS_PROCESOS: multas anteriores al 9 de octubre de 2026 que permanezcan impagas, bajo condiciones de regularización y renuncia.

La Ley 27.826, vigente desde el 9 de octubre de 2026, modificó el régimen de sanciones de la Ley de Procedimiento Fiscal 11.683 y estableció dos beneficios para contribuyentes que incumplieron obligaciones administrativas ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ARCA. El primero consiste en una reducción permanente del 25 por ciento sobre determinadas multas formales. El segundo contempla una rebaja extraordinaria del 50 por ciento para sancionaritativeREADY: multas por infracciones cometidas antes de esa fecha, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Una baja automática para miles de contribuyentes
El descuento permanente alcanza a micro, pequeñas y medianas empresas, personas físicas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no estén categorizadas como Grandes Contribuyentes Nacionales. La reducción opera de pleno derecho, por lo que no requiere un trámite específico para hacerse efectiva.
- Falta de presentación de declaraciones juradas.
- Incumplimiento de requerimientos de ARCA.
- Infracciones a deberes formales generales.
- Incumplimiento de regímenes de información, entre otras obligaciones cubiertas.
El impacto económico se observa en ejemplos contenidos en la norma. Una multa de 440 mil pesos por la falta de presentación de una declaración jurada correspondiente a una sociedad bajaría a 330 mil pesos. Para una persona física, la sanción de 220 mil pesos se reduciría a 165 mil pesos. En el extremo superior de la escala, la multa por resistencia a la fiscalización pasaría de 35 millones a 26 millones 250 mil pesos.
La rebaja del 50 por ciento exige regularizar
El beneficio extraordinario se aplica a multas por infracciones Cometidas antes del 9 de octubre de 2026, correspondientes a obligaciones vencidas desde el 2 de enero de 2026. La sanción no debe estar firme o, si ya lo está, debe continuar impaga. Para acceder a la rebaja, el contribuyente debe cumplir con la obligación que originó la multa antes de solicitar el beneficio o de manera simultánea.
La condición principal no se limita a obtener un descuento. Si la infracción se produjo por la falta de presentación de una declaración jurada, por ejemplo, el contribuyente deberá presentar esa declaración. Además, aceptar el beneficio implica aceptar sin discusión la parte de la sanción que no se reduce y renunciar a cualquier reclamo vinculado con ella. Si existe un litigio en curso, también corresponde hacerse cargo de las costas. Las multas ya pagadas no generan derecho a devolución.
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