Concesionarias: el nuevo esquema salarial de SMATA y ACARA rige hasta diciembre
El acuerdo paritario fija montos nominales diferenciados por categoría para el período octubre-diciembre, con un incremento adicional en diciembre y una nueva revisión en enero.

Los trabajadores de concesionarias de autos cobran nuevos salarios desde el 1° de octubre. El acuerdo que firmaron el sindicato SMATA y la cámara ACARA alcanza al período octubre-diciembre y se encuadra en el convenio colectivo de trabajo 99/23, con montos nominales que varían según la categoría y sin un porcentaje único para todos los escalafones.
Escalas salariales y comisiones
Para octubre y noviembre, las escalas comienzan en $1.073.088,67 para los vendedores de planes de ahorro y los vendedores itinerantes de repuestos ubicados en una franja, y llegan a $1.099.915,89 en la franja siguiente. En diciembre se suma un incremento complementario sobre esos valores base. Además del sueldo fijo, el personal de ventas mantiene una comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos.
El convenio también obliga a las empresas a encuadrar al menos el 10 por ciento de su dotación en los dos escalafones más altos previstos en el texto.
Beneficios que se actualizan
- Antigüedad: escala que parte del 3 por ciento a los dos años de servicio y llega al 39 por ciento a los 26 años.
- Idioma extranjero: suplemento del 4 por ciento sobre el básico para quienes acrediten dominio.
- Título habilitante: suplemento del 10 por ciento sobre el básico.
- Zona desfavorable: plus del 20 por ciento para tareas en la Patagonia, que incluye Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
El acuerdo incorpora además una compensación por transporte, sea público o propio, una asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales y subsidios por fallecimiento de familiares directos, calculados sobre la categoría máxima del escalafón.
Homologación y revisión en enero
El acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación. Ambas partes precisaron que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial. En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación de octubre a diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional.
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