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Lunes, 2 de noviembre de 2026
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Condenan a dos uruguayos que excavaron el túnel contra el Banco Macro de San Isidro

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 de San Isidro impuso tres años y medio de prisión a Alan Lorenzo Rodríguez y César Cazenave Peña por robo agravado en grado de tentativa.

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Aníbal NúñezPoliciales y judiciales · · 2 min de lectura
Condenan a dos uruguayos que excavaron el túnel contra el Banco Macro de San Isidro

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 de San Isidro condenó a tres años y medio de prisión a dos ciudadanos uruguayos que participaron en la construcción de un túnel con el que una organización criminal intentó robar el Banco Macro, ubicado en Chacabuco 444 de esa ciudad. Se trata de Alan Lorenzo Rodríguez, de 36 años, y César Cazenave Peña, de 49. Ambos fueron hallados culpables de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa.

El acuerdo y la sentencia

La jueza María Coelho homologó un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la fiscal Carolina Asprella, las defensas y los representantes de los particulares damnificados, entre ellos la Municipalidad de San Isidro y la propia entidad bancaria. Según el fallo, los dos condenados integraban la mano de obra que excavó el túnel.

La magistrada tuvo por probado que, entre el 1 de noviembre de 2023 y el 8 de agosto de 2024, la organización ejecutó un plan para ingresar al sector de cajas de seguridad mediante la fabricación de un túnel subterráneo. El objetivo era apoderarse de dinero en efectivo en moneda nacional y extranjera, joyas, objetos de arte y otros bienes de valor.

Cronología y antecedentes de la causa

  • 6 de agosto de 2024: un empleado de un local gastronómico vecino al banco encontró una varilla metálica que había salido a la superficie por un error de uno de los excavadores.
  • Nueve meses de planificación y trabajo, según el material de base, antes de que la banda abortara la operación.
  • Julio pasado: tres integrantes de la banda fueron condenados en un juicio abreviado anterior a cargo del juez Maximiliano Savarino, del TOC N° 3 de San Isidro.

Según la fiscalía, el fallo también dispone la formación de un incidente de extrañamiento. Esa figura legal permite expulsar del país a un ciudadano extranjero cuando cumple la mitad de su condena, siempre que no tenga otras causas abiertas ni condenas pendientes. La expulsión, por lo tanto, queda sujeta a esa eventualidad.

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Aníbal NúñezPoliciales y judiciales

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