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Viernes, 16 de octubre de 2026
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La Anses extiende la Prestación por Desempleo hasta 18 cuotas para mayores de 45 años y ajusta el plazo según los aportes

El beneficio contempla entre dos y doce cuotas mensuales según los salarios y los períodos aportados en los tres años previos, con una prórroga adicional para quienes superan esa franja etaria. El trámite se realiza por Atención Virtual o de forma presencial con turno.

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Lisandro BarriosEconomía y campo · · 3 min de lectura
La Anses extiende la Prestación por Desempleo hasta 18 cuotas para mayores de 45 años y ajusta el plazo según los aportes

La Prestación por Desempleo que administra la Administración Nacional de la Seguridad Social se convirtió en las últimas semanas en una de las consultas más frecuentes entre los trabajadores registrados que perdieron su fuente de ingresos, en un escenario laboral que muestra señales mixtas y donde la cobertura del organismo volvió a ubicarse como una herramienta central de contención. El beneficio, contemplado en la Ley de Contrato de Trabajo, está destinado a quienes quedaron desocupados por causas ajenas a su voluntad y prevé el pago de un mínimo de dos cuotas y un máximo de doce, con la posibilidad de sumar seis meses adicionales para los beneficiarios mayores de 45 años, lo que lleva la cobertura teórica hasta 18 mensualidades.

Cómo se calcula la duración y el monto

Desde el organismo previsional precisaron que la cantidad de cuotas y el importe que percibe cada beneficiario se determinan en función de los salarios y de los aportes registrados durante los tres años anteriores a la solicitud. Esa variable es la que define la posición del trabajador dentro de la escala que va de los dos pagos mínimos hasta los doce máximos, sin que exista un monto único aplicable a todos los casos.

Requisitos de aportes y documentación según el caso

Para acceder al beneficio, los trabajadores permanentes deben acreditar al menos seis meses de aportes dentro de los tres años previos al cese de la relación laboral, mientras que el personal eventual o de temporada debe haber trabajado menos de doce meses en ese mismo período y contar con más de noventa días de aportes en el año inmediato anterior a la desvinculación. En paralelo, Anses exige presentar el DNI y la documentación que acredite el modo en que finalizó el vínculo, sin que exista un comprobante único: ante un despido sin causa se acepta el telegrama, una carta documento o una nota del empleador con firma certificada; si venció un contrato a plazo fijo sin renovación, se requiere la copia de ese contrato; y cuando la relación terminó por decisión del trabajador ante una causa justificada, se piden los telegramas de intimación y de desvinculación enviados por el dependiente.

Modalidades de trámite y acreditación del pago

La gestión puede iniciarse a través del sistema de Atención Virtual de Anses, con CUIL y Clave de la Seguridad Social, clave que también puede generarse al comienzo del trámite. La otra vía disponible es la atención presencial en las oficinas del organismo, para lo cual es necesario obtener un turno previo. Una vez aprobada la prestación, el dinero se deposita en una cuenta bancaria: Anses abre una Caja de Ahorro de la Seguridad Social y la entidad financiera entrega una tarjeta de débito asociada, aunque si el titular ya percibe otra prestación del organismo en una cuenta existente, se utiliza esa misma cuenta para acreditar los fondos.

  • Cobertura de entre 2 y 12 cuotas mensuales, según salarios y aportes de los últimos tres años.
  • Extensión de 6 cuotas adicionales para beneficiarios mayores de 45 años.
  • Requisitos: 6 meses de aportes para personal permanente y 90 días en el último año para eventuales o de temporada.
  • Documentación variable según el motivo de cese: despido sin causa, vencimiento de contrato o renuncia por causa justificada.
  • Trámite disponible por Atención Virtual con CUIL y Clave de la Seguridad Social, o de forma presencial con turno previo.
  • Acreditación en cuenta bancaria con tarjeta de débito de la Caja de Ahorro de la Seguridad Social.
LB
Lisandro BarriosEconomía y campo

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