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Viernes, 16 de octubre de 2026
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La cuenta que llegó con sorpresa: el adicional por leche deslactosada que abrió un debate en Neuquén

Una consumidora de la capital neuquina pagó $1.500 extra por cada café con leche con leche deslactosada. La Dirección Provincial de Protección al Consumidor salió a explicar qué dice la ley sobre estos recargos y en qué casos están permitidos.

TL
Teresa LeivaSociedad y salud · · 5 min de lectura
La cuenta que llegó con sorpresa: el adicional por leche deslactosada que abrió un debate en Neuquén

María llegó un mediodía a una cafetería sobre la calle Juan B. Justo, en el tramo que va del 500 al 700, pidió un café con leche y, para evitar malestares digestivos, solicitó que fuera con leche deslactosada. Cuando le trajeron la cuenta, el número no le cerró: cada taza tenía un cargo adicional de $1.500 que ella no había visto en la carta ni había escuchado mencionar al momento de pedir. Cuando preguntó en la barra, la respuesta fue breve y seca: ese era el precio extra por el cambio de leche, sin más explicaciones.

El episodio, que trascendió en los últimos días, puso sobre la mesa una pregunta que muchos consumidores se hacen en silencio: ¿puede un restaurante o una cafetería cobrar un plus por cambiar el tipo de leche? Y, sobre todo, ¿bajo qué condiciones ese cobro es legal y cuándo constituye una práctica que viola los derechos del consumidor? En la provincia del Neuquén, el organismo encargado de responder es la Dirección Provincial de Protección al Consumidor, que depende del Ministerio de Gobierno.

Qué dice la ley sobre los recargos en gastronomía

Su director, Pablo Tomasini, fue directo al explicar el criterio. La norma no prohíbe el cobro de un adicional por una variante del producto, sí o sí: lo que exige es que esa información esté disponible para el cliente antes de que confirme su pedido. Para Tomasini, ese es el punto central y el que muchas veces los locales no cumplen.

“Para que haya un cambio de valores de este tipo tiene que estar claramente informado en la carta. Si te lo van a cobrar, tiene que estar claramente informado, no en el puntito abajo de la hoja de la carta que dice que te van a cobrar adicional.”Pablo Tomasini, director provincial de Protección al Consumidor de Neuquén

La lógica de la exigencia es, en el fondo, muy sencilla y apunta a preservar el derecho a elegir. Si el consumidor sabe de antemano que pedir la variante deslactosada le costará más, puede tomar tres decisiones razonables: aceptar el cargo y pagar el café tal como lo quiere; pedir la bebida con leche común para evitar el sobrecosto; o bien levantarse e irse a otro local. Lo que la ley no admite es que esa decisión quede cancelada porque el dato llega recién cuando la cuenta ya está sobre la mesa.

En cuanto al monto en cuestión, Tomasini fue contundente desde otro ángulo: la leche alternativa es un insumo cuyo costo, en la mayoría de los casos, debería estar absorbido dentro del precio del café con leche. Que un comercio decida cobrar un adicional es una decisión comercial legítima, insistió, pero no una obligación que la normativa imponga ni mucho menos una práctica que pase desapercibida para el organismo de control.

Los derechos del consumidor en la práctica

Tomasini aclaró además un punto que suele generar confusión: en la Argentina no existe una ley que obligue a los locales gastronómicos a tener leche alternativa o cualquier otro producto apto para personas con restricciones alimentarias. Cada comercio decide libremente qué ofrece y qué no. Pero lo que no puede hacer un establecimiento es ofrecer un producto y, al mismo tiempo, cobrar un extra sin avisar. Si lo incluye en la carta, tiene la obligación de informar correctamente su precio. Es la diferencia entre decidir no ofrecer algo y prometer algo a medias.

El caso puntual y qué puede pasar ahora

Sobre el local de Juan B. Justo, Tomasini anticipó que durante esa semana personal del organismo se acercaría al lugar a explicarle al responsable cómo debe informar un adicional de ese tipo. No había denuncia radicada formalmente al momento de sus declaraciones, ya que el episodio se había conocido por la difusión que le dio la propia consumidora. Pero la intervención es igualmente una herramienta válida del organismo: el objetivo es que corrijan la forma de exhibir los precios antes de que un nuevo cliente se encuentre con la misma sorpresa. Si tras esa visita la práctica se mantiene, la Dirección puede avanzar con un sumario y, eventualmente, con una sanción.

María, mientras tanto, pagó la cuenta y se fue con la sensación de que algo no había funcionado como debía. Su caso, que parece menor y hasta cotidiano, sirve para iluminar un mecanismo que la mayoría de los consumidores desconoce: que la ley protege el derecho a saber el precio antes de consumir, y que un sobrecosto, por más razonable que parezca al comerciante, necesita estar claramente informado para ser legal.

A dónde acudir y en qué horario

Quien haya vivido una situación similar en Neuquén puede comunicarse con la Dirección Provincial de Protección al Consumidor. La atención al público se realiza en la sede central del organismo en la ciudad de Neuquén, ubicada en calle La Rioja 295, de lunes a viernes en el horario de 8 a 14. También se puede hacer una denuncia inicial por la línea gratuita 0800-222-6772 o a través del sitio web oficial del Ministerio de Gobierno de la provincia, donde se puede iniciar un reclamo online completando un formulario con los datos del local, la fecha del hecho y, si es posible, el ticket de compra o cualquier comprobante del pago realizado. Antes de concurrir, conviene llevar la factura, el ticket electrónico o el resumen de la tarjeta, ya que esa documentación facilita la intervención del organismo sobre el comercio.

Como nos dijo Tomasini entre líneas, la ley no está del lado de quien cobra de más, sino del lado de quien paga sin saber. Y ese es, en definitiva, el corazón de la protección al consumidor: que cada decisión de compra sea, efectivamente, una decisión tomada con toda la información sobre la mesa.

TL
Teresa LeivaSociedad y salud

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