La Suprema Corte de Mendoza cerró definitivamente la causa contra los rugbiers franceses
El máximo tribunal rechazó el recurso de la querella y confirmó el sobreseimiento de Hugo Auradou y Oscar Jegou, quienes habían estado detenidos casi un mes tras una denuncia por abuso sexual presentada en julio de 2024.

A las 0 horas de este jueves, en la ciudad de Mendoza, la Suprema Corte de Justicia de esa provincia confirmó el sobreseimiento de Hugo Auradou y Oscar Jegou, los dos jugadores de rugby de Francia que permanecían imputados en una causa por abuso sexual. La resolución, firmada por los jueces Dalmiro Garay Cueli, Norma Llatser y José Valerio, puso fin a un expediente que atravesó tres instancias judiciales y que se había originado el 8 de julio de 2024, horas después de un encuentro internacional entre las selecciones de Francia y Argentina disputado en suelo mendocino.
Según fuentes policiales, los deportistas fueron denunciados por una mujer que los había conocido esa misma noche en un local bailable. Tras la presentación, ambos quedaron privados de su libertad durante casi un mes, hasta que la Justicia los autorizó a regresar a su país. La causa recayó en la Justicia penal de Mendoza y el expediente fue sustanciado en la Primera Circunscripción.
El recorrido judicial del caso
De acuerdo con la reconstrucción del expediente, en diciembre de 2024 la jueza de Garantías Elenora Arenas dictó el sobreseimiento de los imputados. La querella apeló esa decisión y cuestionó la valoración de la prueba y la actuación del Ministerio Público Fiscal. En febrero de 2025, el Tribunal Penal Colegiado N° 1 de la Primera Circunscripción de Mendoza confirmó el fallo de primera instancia al considerar que no se había acreditado la hipótesis acusatoria.
- La evidencia fílmica analizada en la causa.
- Los testimonios recabados durante la instrucción.
- Los peritajes médicos y psicológicos realizados a la denunciante.
- Los mensajes de la propia denunciante en las horas y días posteriores a los hechos.
- La ausencia de testigos que corroboraran la versión acusatoria.
Según la fiscalía, la acusación no logró sostenerse en prueba objetiva. La Suprema Corte resolvió que los planteos de la querella no demostraron una valoración arbitraria de la prueba ni identificaron medidas pendientes de producción que pudieran revertir el cuadro probatorio. El tribunal agregó que ninguno de los testigos que tuvo contacto con la denunciante antes, durante o inmediatamente después de los hechos aportó información que respaldara su versión.
“La mentira no puede ser gratis. La denunciante y su abogada responderán cada una por sus mentiras y mala praxis profesional.”Rafael Cúneo Libarona, abogado defensor de los rugbiers
Tras conocerse el fallo, el abogado defensor Rafael Cúneo Libarona afirmó que los deportistas recuperaron su prestigio y adelantó que se evaluarán acciones legales contra la denunciante y contra su representante legal por lo que consideró declaraciones falsas y mala praxis profesional. La decisión de la Suprema Corte cierra el proceso en sede penal, aunque la estrategia anunciada por la defensa abre un nuevo capítulo en el ámbito civil o de querellas por damages. El próximo paso judicial será la eventual formalización de la demanda que el letrado deslizó tras la difusión del fallo.
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